Derechos de autor en las aulas virtuales · pompilo

Análisis de la cuestión por José M. Ciordia, en su blog Pompilo.

«En mi anterior artículo afirmaba que tanto en las aulas físicas como en las aulas virtuales se pueden usar sin autorización materiales sujetos a derechos de autor, en las condiciones establecidas en el artículo 32.2 de la Ley de Propiedad Intelectual. En el comentario 6 un representante de la asociación CEDRO (equivalente en el mundo de la edición impresa a la SGAE) me señala amablemente que la excepción a los derechos de autor por "ilustración de la enseñanza" sólo es de aplición a las aulas físicas, pero no a las virtuales, y cita en su apoyo un dictamen del Consejo de Estado. Me he tomado la molestia de investigar un poco el asunto y he llegado a estas conclusiones [...]»